Golden Ten Data informó el 24 de mayo que en la noche del 23 de mayo, se aprobó el primer producto de tasa de gestión flotante de Ping An Fund, Ping An Value Preferred Hybrid Fund. El producto adopta un modo de operación abierta diaria, y la tasa específica de la tarifa de gestión del modo flotante es la siguiente: cuando los inversores reembolsan participaciones del fondo, si el período de tenencia es inferior a un año, la tarifa de gestión se cobrará a una tarifa anual del 1,2%; Si el período de tenencia alcanza un año o más, cuando el inversor se retire, la tasa de comisión de gestión correspondiente se determinará de acuerdo con la tasa de rendimiento anualizada durante el período de tenencia del fondo. Si el exceso de tasa de rendimiento anualizado en relación con el índice de referencia de rendimiento durante el período de tenencia supera el 6% y la tasa de rendimiento de mantenimiento es positiva, la comisión de gestión se reconocerá a una tasa anual del 1,50%; Si la tasa de exceso de rentabilidad anualizada durante el periodo de tenencia es igual o inferior al -3%, la comisión de gestión se reconocerá a una tasa anual del 0,60%; En el resto de los casos, la comisión de gestión se reconoce a una tasa anual del 1,20%.
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El primer producto de tarifa de gestión variable del Fondo Ping An ha sido aprobado.
Golden Ten Data informó el 24 de mayo que en la noche del 23 de mayo, se aprobó el primer producto de tasa de gestión flotante de Ping An Fund, Ping An Value Preferred Hybrid Fund. El producto adopta un modo de operación abierta diaria, y la tasa específica de la tarifa de gestión del modo flotante es la siguiente: cuando los inversores reembolsan participaciones del fondo, si el período de tenencia es inferior a un año, la tarifa de gestión se cobrará a una tarifa anual del 1,2%; Si el período de tenencia alcanza un año o más, cuando el inversor se retire, la tasa de comisión de gestión correspondiente se determinará de acuerdo con la tasa de rendimiento anualizada durante el período de tenencia del fondo. Si el exceso de tasa de rendimiento anualizado en relación con el índice de referencia de rendimiento durante el período de tenencia supera el 6% y la tasa de rendimiento de mantenimiento es positiva, la comisión de gestión se reconocerá a una tasa anual del 1,50%; Si la tasa de exceso de rentabilidad anualizada durante el periodo de tenencia es igual o inferior al -3%, la comisión de gestión se reconocerá a una tasa anual del 0,60%; En el resto de los casos, la comisión de gestión se reconoce a una tasa anual del 1,20%.